08 julio, 2010

Conformación, funcionamiento y liquidación de equipos de trabajo

En la pasada reunión del Consejo de Administración realizada el miércoles 7 de julio, dentro de los temas entrados en la reunión anterior el departamento de Servicios Profesionales quedo encargado de establecer como se va a contabilizar las horas de trabajo. Por lo cual dicho departamento presentó una propuesta la cual entra en vigencia a partir de la fecha. A continuación se desarrolla dicha propuesta.
Aclaración: En letra normal la propuesta de reglamento, en bastardilla los fundamentos, comentarios y explicaciones
Vale la pena remarcar antes de leer lo que sigue, que esto pretende regular SOLO las tareas de SP y no las de CH, que pertenecen a otro ámbito y a otra discusión.

Servicios profesionales

Metodología de elaboración de propuestas de trabajo y honorarios.
1) Llega un encargo a SP.
2) Se determinan etapas de realización en función de las necesidades del comitente y del encargo.
3) Se prefigura un equipo de trabajo.
4) Se estiman las horas hombre de cada rol.
5) Se estiman los gastos directos (insumos, viáticos y todo otro gasto directo).
6) Se pasa a Tesorería los gastos indirectos y el prorrateo de los gastos fijos.
7) Con los montos de 3), 4) y 5) se establece el costo total del trabajo
8) Se determina el honorario en función de 7) y de los valores de mercado.
9) Se elabora propuesta de metodología, conformación de equipos y honorarios para elevar al comitente.
10) Una vez aceptada la propuesta, se eleva a CH para efectuar las postulaciones definidas en 3).
11) CH propone un equipo conformado con asignación de asociados para cada uno de los roles, ajustado a las disponibilidades y particularidades del momento, y en función de su propia metodología de selección. Se podrán proponer cambios al equipo prefigurado por SP en función de estas, y debidamente justificadas.
12) SP aprueba el equipo definitivo, teniendo en cuenta el honorario total ya pactado. En caso de no aprobar la conformación del equipo, lo reenviara a CH con las observaciones del caso. Si no hubiera acuerdo en la conformación de equipos entre SP y CH, pasara a CA, con las observaciones de ambos departamentos.
13) Luego de realizado el trabajo SP recibe las evaluaciones de cada equipo y elabora un informe final para elevar a CH y a TeI
Esta metodología ya fue practicada parcialmente con éxito. SP ya dispone de planillas de evaluación de costos de horas hombre sistematizadas para presupuestar con rapidez costos directos.
Falta determinar una forma eficaz y veloz, acorde con los tiempos de mercado, de conformación de equipos por parte de CH. Todo el proceso no debería demorar más de una semana.
Falta determinar con precisión costos indirectos (impuestos) y prorrateo de costos fijos (tesorería)
Falta determinar como afecta la evaluación a las futuras postulaciones.(CH)




Reglamento interno de SP para la conformación, funcionamiento y liquidación de equipos de trabajo

1- De la conformación de los equipos
1.1. SP pre-definirá el equipo necesario, (cargos, roles y cantidad) en función de las siguientes variables:
a) Tipo de encargo, magnitud y duración.
b) Experiencias comparadas de trabajos similares realizados con anterioridad a la formación de la cooperativa,
c) De las estadísticas obtenidas por TeI, sobre los trabajos ya realizados por la cooperativa.
1.2. A partir del equipo pre-definido, SP estimara un presupuesto total de horas hombre a consumir en cada etapa, en función del valor hora asignado a cada rol aprobado con anterioridad por el CA.
1.3. El valor hora para cada rol no podrá modificarse sin la aprobación expresa del CA.

2- De la distribución de los roles y responsabilidades.
2.1. Para cada trabajo abra roles y responsabilidades diferenciadas (definidas por SP según 1.1.) y según el presente reglamento.
2.2. La distribución de roles podrá ser observada por cualquier asociado, debidamente fundamentada por escrito al CA, el cual podrá ratificar o rectificar el armado de los equipos.

3- De los derechos y obligaciones de los miembros de un equipo
3.1. Será considerado miembro de un equipo todo asociado que haya aceptado un rol propuesto por CH y aceptado por SP, desde el momento de la aceptación por escrito al rol asignado. Así mismo deberá declarar el conocimiento del presente reglamento.
3.2. Todo miembro de un equipo tendrá derecho a percibir la retribución asignada a su rol, según las horas declaradas por él, con independencia de la evaluación que haga la coop de la calidad de su trabajo.

Se explica mas abajo en la forma de medir las horas

3.3. Todo miembro de un equipo deberá acatar fielmente las directivas del /los coordinador/es,
3.4. Todo miembro de un equipo tendrá derecho a ser evaluado objetiva y exclusivamente por el trabajo realizado, independientemente de todo otro antecedente.

Es para asegurar la mayor objetividad posible

3.5. Todo miembro de un equipo tendrá derecho a conocer la evaluación efectuada por el/los coordinadores en forma reservada, y en caso de discrepancias podrá solicitar a CH la revisión de su evaluación, quien elevara al CA la revisión con los antecedentes del caso.
3.6. Todo miembro de un equipo podrá presentar a SP su renuncia a las tareas aceptadas con causa debidamente justificada. La renuncia podrá ser aceptada o no según las condiciones del caso. Se considerara falta grave renunciar sin previo aviso y sin causa justificadas. Las medidas disciplinarias a tomar serán determinadas por el CA
3.7. Todo miembro de un equipo podrá solicitar a SP el relevamiento en sus funciones por diferencias insalvables en el equipo y/o con el/los coordinadores, todo debidamente justificado. SP podrá hacer lugar o no al pedido según crea oportuna y conveniente en función del cumplimiento de la relación contractual con el comitente.

Hay que tratar de desalentar la renuncia y priorizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales de la coop.

4- Del/los coordinador/es
4.1. El/los coordinadores de cada encargo serán responsables de coordinar, conducir, dirigir y verificar el cumplimiento de los objetivos del equipo y de cada una de las tareas asignadas a los miembros del equipo, como así también garantizar la calidad del trabajo realizado.
4.2. El/los coordinador/es podrán, durante el transcurso de los trabajos, modificar la conformación del equipo, solicitando a CH los nuevos cargos necesarios, pasar a disponibilidad los cargos excedentes o redistribuir los roles en función del cumplimiento eficaz de los objetivos del encargo.
4.3. El/los coordinador/es deberán informar a CH de cualquier cambio realizado en la conformación del equipo, debidamente fundamentado.
4.4. Al finalizar el trabajo o la etapa, el/los coordinadores deberán elevar a tesorería para su correspondiente pago, una planilla de liquidación de horas que incluyan a todos los miembros del equipo, en función de lo reglamentado en el punto 5.
4.5. El/los coordinador/es deberán realizar una evaluación de cada uno de los miembros de su equipo en función exclusivamente de lo actuado en ese trabajo, y presentarla a SP al finalizar el mismo.
4.6. La evaluación de el/los coordinador/es será realizada por SP en función de los comentarios y cumplimiento de expectativas del comitente.

Siendo el coordinador el responsable final del cumplimiento del encargo se le deben dar los elementos de decisión necesarios para que pueda cumplir su cometido .De otra manera no podrá hacerse responsable.
Es lógico que al coordinador lo evalúe indirectamente el comitente.


5- De la forma de establecer la retribución
5.1 Todo miembro de un equipo tendrá derecho a percibir una remuneración acorde al rol aceptado y en función del tiempo trabajado (3.2)

Hay que aclarar que la retribución corresponde a rol asignado por SP y no a la calificación preasignada por CH. Porque? Porque el sentido de la retribución es por la tarea realizada y no por el “expertisse” adquirido con anterioridad. En el sentido profundo de la democracia cooperativa, a igual responsabilidad, o rol si se quiere llamarlo así, corresponde igual retribución. Si no fuera así estaríamos pagando por el “ curriculum” y no por la tarea realizada.

5.2. La declaración de horas trabajadas será efectuada en soledad por cada miembro del equipo, a su solo juicio y de acuerdo a su leal saber y entender, en función de la aplicación de las normas que siguen abajo:
5.2.1. Se entiende por “horas trabajadas” a las que se dedican a la tarea encomendada, desde que se inician hasta que se terminan diariamente. Las interrupciones menores de 30 minutos no serán consideradas como interrupción a la tarea encomendada. Si la hora dedicada al almuerzo se encontrara entre el inicio y el final diario, será considerada como hora trabajada.
5.2.2. Las horas trabajadas son independientes del lugar donde fuera efectuado el trabajo.
5.2.3. El tiempo dedicado al traslado especifico para un trabajo de campo desde la sede de la AUCOOP hasta el emplazamiento de este, será considerada como hora trabajada. El tiempo dedicado al traslado hasta la sede de la Aucoop no será contabilizado como hora trabajada.
5.2.4. El tiempo dedicado al trabajo se medirá entre el inicio de las tareas definido en 3.1. hasta la entrega de la evaluación a SP.
5.2.5. Para el caso de dedicación exclusiva, las horas que excedan de 8 (ocho) diarias serán consideradas horas extras y se consideraran como dobles. De igual manera serán consideradas las horas trabajadas en días feriados, siempre y cuando el trabajo fuera de horario habitual no se deba a falta de disponibilidad horaria de los miembros.
5.2.6. Todo miembro de un equipo tendrá derecho a autoevaluar la eficacia o ineficacia de su trabajo comparado con el de sus compañeros del mismo rol y ponderalo en horas trabajadas, reduciendo las horas declaradas en función de lo efectivamente realizado. Tal autoevaluación será tenida en cuenta por el/ los coordinador/es en el momento de la evaluación.
5.3 El/los coordinador/es podra/n asignar mas horas que las declaradas a cualquier miembro de su equipo (menos a si mismos), si así lo han verificado, pero en ningún caso podrán reducir las horas declaradas por ningún miembro sin su expreso consentimiento.
5.4. Las horas de los trabajos “ a riesgo” serán contabilizados de la misma forma que las otras, haciendo efectiva la remuneración cuando se efectivice el contrato de dicho trabajo.
5.5. Cualquier asociado, sea o no miembro del equipo de trabajo, podrá revisar la declaración de cualquier otro miembro de equipo y pedir las explicaciones del caso al/los coordinador/es debidamente fundamentadas y por escrito. Si notara alguna irregularidad podrá solicitar la intervención del sindico según lo preveen los estatutos.
5.6. Tanto el falseamiento especulativo y deliberado en la declaración de horas, como la acusacion infundada del mismo, serán considerado faltas graves cuya sanción disciplinaria será establecida por el CA.

Siendo esta una empresa que se basa en la confianza mutua y la fe en las personas que la componen, no cabe otro sistema que el propuesto. Generará inevitablemente mayor conciencia en los asociados, que es lo que queremos todos.
Debemos recordar la segunda premisa del ámbito de trabajo:
“b) Experimental y propositivo. Dispuesto a poner en práctica y verificación nuevos instrumentos y nuevas formas de relación profesional, no probadas con incluso alto riesgo de fracaso.”
Me parece que esta propuesta de reglamento particular de SP regula, aclara y salda casi todos los problemas observados sobre el tema.
De hecho es la forma adoptada implícitamente hasta ahora para realizar los trabajos de Riel Americano y la escuela de danza, que han demostrado notable efectividad y altísima aceptación por parte de los comitentes.
Me sigue pareciendo que debemos cumplir “el doble objetivo”: 1) por un lado afianzar y sostener el espíritu cooperativo. 2) por el otro, tratar de priorizar el cumplimiento de la eficacia profesional de la empresa.
Con este reglamento me parece que se cumplen ambas… lo iremos puliendo con la practica.